|
Tasa |
En moneda nacional con tasa fija nominal |
A un año o menos |
5,5% |
Más de uno y hasta tres años |
2,5% |
A más de tres años |
0,5% |
En moneda nacional con cláusula de reajuste |
A un año o menos |
10% |
Más de uno y hasta tres años |
7% |
A más de tres años |
5% |
En moneda extranjera |
A un año o menos |
12% |
Más de uno y hasta tres años |
A más de tres años |
7% |
|
Tasa |
Dividendos o utilidades pagados o acreditados por contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) originados en los rendimientos comprendidos en el apartado ii) del literal C) del artículo 38° de este Título |
7% |
Otros dividendos o utilidades pagados o acreditados por contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) y los dividendos o utilidades fictos a que refiere el artículo 19° de este Título |
7% |
Rendimientos derivados de derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas |
7% |
Rendimientos comprendidos en el apartado ii) del literal C) del artículo 38° de este Título obtenidos por los sujetos a que refiere el literal b) del inciso segundo del artículo 24° de este Título |
7% |
Restantes Rentas |
12% |
(*)
Fuente: Ley 20.075 de 20 de octubre de 2022, artículo 485° (Texto
integrado).