APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: 16/05/2024
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 15 - IMPUESTO A LAS APUESTAS (IA)

Artículo 3-T15

   Liquidación.- El impuesto creado por el artículo 1° de este Título se liquidará y abonará en forma mensual, en la forma y condiciones que establezca el Poder Ejecutivo.

   Fuente: Ley 19.535 de 25 de setiembre de 2017, artículo 259° (Texto
   integrado). 

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 167/025 de 12/08/2025.
Referencias al artículo
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