APROBADO POR DECRETO Nº 101/024


Documento actualizado durante su vigencia

Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL
Capítulo III - Exoneraciones genéricas en favor de bienes, personas e instituciones de derecho público

Artículo 68-T3

   Banco de Seguros del Estado (BSE).- Los inmuebles del Banco de Seguros del Estado (BSE) destinados al desarrollo de los servicios, así como los materiales y equipos que adquiera el Banco de Seguros del Estado (BSE) para la atención de los accidentados de acuerdo a la Ley N° 16.074, de 10 de octubre de 1989, estarán exonerados de todo tributo nacional. (*)

   Fuente: Ley 18.243 de 27 de diciembre de 2007, artículo 6° (Texto
   integrado).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 352 - Título 3.
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