TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo III - Exoneraciones genéricas en favor de bienes, personas e instituciones de derecho público
Artículo 72-T3
Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y Adolescencia.- El Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y Adolescencia estará exonerado de todo tipo de tributo nacional, con excepción de las contribuciones especiales a la seguridad social. (*)
Fuente: Ley 18.640 de 8 de enero de 2010, artículo 15° (Texto
integrado).