APROBADO POR DECRETO N° 123/012




Promulgación: 16/04/2012
Publicación: 27/04/2012
Aprobado/a por: Decreto Nº 123/012 de 16/04/2012.

 Ver:  Resolución OPP Nº 4/019 de 17/01/2019  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2019)  ,
      Resolución OPP Nº 128/017 de 13/12/2017  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2018) ,
      Resolución OPP Nº 228/016 de 23/12/2016  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2017) ,
      Resolución OPP Nº 1/016 de 18/01/2016  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2016) ,
      Resolución OPP Nº 1/014 de 20/01/2014  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2014) ,
      Resolución OPP Nº 240/012 de 14/12/2012  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a noviembre 2012) .

TITULO II
FINANCIAMIENTO
Capítulo 1 Régimen general

Artículo 22

 (Financiación con endeudamiento).- Los Incisos que cuenten con proyectos de inversión financiados con endeudamiento, deberán registrar las imputaciones correspondientes a los montos ejecutados, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 546 de la Ley N° 15.903 de 10 de noviembre de
1987, en la redacción dada por el artículo 14 de la Ley N° 17.213 de 24 de
setiembre de 1999.

Fuente: Artículo 95 de la Ley N° 15.809 de 8 de abril de 1986, en la
redacción dada por el artículo 52 de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de
2001.
Referencias al artículo
Ayuda