Si el causante hubiera sido propietario de casa habitación la
indemnización se efectuará en valores del Estado (Obligaciones
Hipotecarias Reajustables) a efectos de acrecentar los recursos del núcleo
familiar teniendo los causahabientes la libre disposición de ellos lo
mismo que del excedente que pudiera resultar de la adquisición de la
vivienda. (*)