Fecha de Publicación: 07/11/1997
Página: 295-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Decreto 391/997

Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura 
organizativa de la Unidad Ejecutora 016 "Servicio Oficial de Difusión, 
Radiotelevisión y Espectáculos" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura".
(2.675*R)

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                      Montevideo, 22 de octubre de 1997

VISTO: lo dispuesto en los artículos 707 y siguientes de la Ley Nº 16.736
de 5 de enero de 1996 y en su Decreto reglamentario Nº 186/996 de 16 de
mayo de 1996;

RESULTANDO: I) que los mismos refieren a la reformulación de las
estructuras organizativas de los Incisos 02 al 14 del Presupuesto
Nacional, siendo aplicables a los demás Incisos comprendidos en el mismo;

  II) que el Decreto Nº 186/996 fija las normas técnicas y de
procedimiento a que debe ajustarse la mencionada reformulación de
estructuras organizativas;

III) que de conformidad con dicho procedimiento, el Inciso 11 "Ministerio
de Educación y Cultura" ha presentado para su consideración por el Comité
Ejecutivo para la Reforma del Estado, el proyecto de reformulación de la
estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 016 "Servicio Oficial de
Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos";

CONSIDERANDO: I) que el proceso de reformulación de las estructuras
organizativas de los Incisos orientado en el sentido de la definición de
los cometidos sustantivos de la Administración, tiene por objeto el logro
de una mayor eficacia del Estado en su acción normativa, reguladora y de
control y de una mayor eficiencia en la prestación de los servicios;

II) que a los efectos señalados, en la tarea de reformulación se parte de
una redefinición de los objetivos estratégicos, procurando adaptar la
modalidad tradicional de la Administración hacia una más gerencial
centrada en los resultados de la gestión pública, cuyo fin último es la
satisfacción de las necesidades de los ciudadanos;

III) que de acuerdo con lo expuesto se busca concretar en cada proyecto 
de reformulación de estructuras organizativas, con base en una dirección
estratégica, una clara definición de los cometidos sustantivos asumidos
por la Administración; una descripción de la organización necesaria para
cumplir con dicha definición estratégica y la previsión de los puestos de
trabajo requeridos para su funcionamiento con un enfoque gerencial, todo
ello enmarcado en un plan de implantación;

IV) que la modalidad gerencial a que se tiende privilegia la capacitación
y el desempeño eficiente, como centro de la política de recursos humanos 
y la recuperación de las capacidades gerenciales del sector público a 
través de la alta especialización;

V) que el proyecto presentado por el Inciso 11 "Ministerio de Educación y
Cultura" para la Unidad Ejecutora 016 "Servicio Oficial de Difusión,
Radiotelevisión y Espectáculos" ha sido analizado por el Comité Ejecutivo
para la Reforma del Estado el que ha entendido que cumple con los
objetivos de racionalización perseguidos, en tanto las adecuaciones o
transformaciones que incluye resultan consistentes con los cometidos
sustantivos asignados a la referida Unidad Ejecutora y, en cuanto recoge
los criterios determinados en la Ley y su reglamentación;

VI) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a la
aprobación del proyecto de reformulación de la estructura organizativa de
la Unidad Ejecutora de que se trata;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA:

Artículo 1

Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura
organizativa de la Unidad Ejecutora 016 "Servicio Oficial de Difusión,
Radiotelevisión y Espectáculos" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y
Cultura" que consta de 13 fs., aprobado por el Consejo Directivo del
citado organismo con fecha 20 de diciembre de 1996, el que se considera
parte integrante de este Decreto cuya efectiva implantación estará
condicionada al cumplimiento de lo establecido en el artículo 713 de la
Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996.

Artículo 2

Cumplido el plazo de treinta días a que refiere el artículo 730 de la Ley
Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, el Jerarca del Inciso procederá a
declarar las excedencias de cargos y funciones contratadas resultantes.
   Dentro del término de sesenta días corridos, contados desde la fecha 
de remisión a la Asamblea General del proyecto que se aprueba, el Jerarca
del Inciso remitirá al Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado el 
detalle con especificación de destino de las economías generadas como 
consecuencia de la ejecución de dicho proyecto.

Artículo 3

Dispónese que los funcionarios del Servicio Oficial de Difusión,
Radiotelevisión y Espectáculos, comprendidos en el régimen del artículo
77 de la Ley Nº 16.462 de 11 de enero de 1994 al 20 de diciembre de 1996,
fecha de aprobación del proyecto de Reestructura por el organismo, no
podrán ver disminuida la compensación prevista en el artículo precitado,
como consecuencia de las regularizaciones resultantes de la mencionada
reestructura. Dicha compensación se integrará a la remuneración de los
referidos funcionarios con el valor que presenten a la fecha de vigencia
de este decreto. Lo antes dispuesto es sin perjuicio de lo establecido en
el artículo 8º de la Ley Nº 16.462 de 11 de enero de 1994

Artículo 4

Facúltase al Jerarca del Inciso para que -previo informe favorable del
Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado- efectúe las acciones
concretas que resulten imprescindibles para cumplir con la efectiva
implantación del proyecto que se aprueba, las que se comunicarán por el
Poder Ejecutivo a la Asamblea General para su conocimiento.

Artículo 5

Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - SAMUEL LICHTENSZTEJN - JUAN ALBERTO MOREIRA

          REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Inciso: 11 - Ministerio de Educación y Cultura
Unidad Ejecutora: 016 - Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y
Espectáculos

CAPITULO I: Objetivos estratégicos.

  El Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos
(SODRE), es responsable de la información y difusión de la cultura 
general en todo el territorio nacional, a través de los medios masivos de
comunicación oficiales (Sistema Nacional de Televisión, Radio Oficial y
el Centro de Espectáculos -actualmente en construcción), de la 
preservación y difusión de productos de arte en soportes audiovisuales, 
auditivos y visuales, de valor histórico, artístico y documental, y del 
apoyo a la tarea educativa que realizan los organismos especializados, 
apuntando a la excelencia en la calidad técnica y de contenido de las 
producciones y aplicando las tecnologías de avanzada a las que pueda 
acceder.

  Debe precisare que sin perjuicio de la aprobación de la presente
reformulación de la Estructura Organizativa del SODRE en el marco de la
Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996 se proyecta promover la
transformación del SODRE en un Servicio Descentralizado (Art. 221 de la 
Constitución de la República).

CAPITULO II: Cometidos.

1. Cometidos sustantivos

   *  Difundir a través del Canal 5, la Red Nacional de Televisión y
      emisoras radiales oficiales, las manifestaciones culturales más
      importantes que se produzcan en el país y en el mundo, incluyendo
      las de los Cuerpos Estables del Organismo.

   *  Divulgar e informar los acontecimientos oficiales más relevantes,
      así como los nacionales e internacionales.

   *  Preservar con alcance nacional y difundir las producciones
      audiovisuales de interés artístico, histórico o documental, a 
      través de Cine - Arte.

   *  Preservar y difundir fotografías de interés histórico o documental
      a nivel de todo el país.

   *  Producir y difundir grabaciones de producciones artísticas de
      autores y artistas uruguayos, en el ámbito nacional y con 
      proyección regional e internacional.

   *  Estimular la creación artística y promover la actividad de artistas
      e intérpretes nacionales que realicen manifestaciones con nivel de
      excelencia.

2. Cometidos con actividad prestacional fuera del ámbito de la
   Administración Central:

    2.1. Cometidos sustantivos:

    *  Producir programas de televisión y radio.
    *  Editar revistas informativas (Revista Sinfónica).
    *  Editar libros sobre historia del Uruguay en imágenes.

    2.2. Cometidos de apoyo a los sustantivos:

    *  Prestar los siguientes servicios: médicos, de limpieza, de
       cafetería, de Guardería, de vigilancia, de mensajería, de
       mantenimiento de calefacción y bombas de agua y de transporte.

3. Cometidos de apoyo a los sustantivos que permanecen en la
   Unidad Ejecutora:

   *  Realizar la gestión administrativa y financiero - contable.
   *  Gerenciar los recursos humanos y materiales.
   *  Efectuar tareas de creación y mantenimiento especializado de
      infraestructura.
   *  Prestar asesoramiento técnico - jurídico.

Estos cometidos deben mantenerse en la unidad ejecutora porque la
especificidad de las actividades que se desarrollan harían ineficiente su
traslado a la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Educación
y Cultura.

CAPITULO III: Estructura Organizativa

1. Organización.

   El SODRE es una unidad ejecutora del Ministerio de Educación y Cultura
   y su estructura se refleja en la "Organización para el Cumplimiento de
   Cometidos" adjunta, la cual se ajusta a la posible transformación del
   SODRE en un organismo de los establecidos en el artículo 221 de la
   Constitución de la República.

2. Funciones del Consejo Directivo y de las unidades organizativas
   directamente dependientes:

   - Consejo Directivo:

     *  Dirigir, organizar, coordinar, controlar y reglamentar los actos
        de las dependencias del SODRE, de acuerdo con sus objetivos
        estratégicos.

- Asesoría Artística:

  *  Elaborar una programación que someterá a consideración del Consejo
     Directivo para los actos a cumplirse en el Estudio Auditorio que
     atienda a los fines artísticos y docentes que tiene asignados el
     SODRE.

- Asesoría Técnica:

  - Jurídica:

  *  Brindar asistencia letrada al Consejo Directivo y responder a los
     requerimientos que en esa materia le sean formulados.

  *  Analizar los pliegos de condiciones y contratos que realice el
     Organismos.

  *  Asumir la representación jurídica de la institución ante el Poder
     Judicial y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

- De gestión y administrativo - contable:

  *  Asesorar al Consejo Directivo en materia relativa a 
     acondicionamiento de infraestructura, gestión financiera y 
     administrativa y temática relativa a la gestión.

- Técnica de radio y televisión:

  *  Asesorar al Consejo Directivo en materia relativa a la utilización
     de equipos técnicos, su actualización permanente a los avances
     tecnológicos, así como en cuanto al contenido de las producciones 
     que se emitan.

- Técnica edilicia:

  *  Asesorar al Consejo Directivo en materia relativa al mantenimiento
     de los edificios y en especial en la construcción del Complejo de
     Salas de Espectáculos.

- Dirección de Espectáculos:

  *  Supervisar desde el punto de vista administrativo, el funcionamiento
     de los Cuerpos Estables.

  *  Realizar el mantenimiento de las instalaciones del Estudio 
     Auditorio.

  *  Realizar todas las acciones que sean necesarias para concretar las
     programaciones aprobadas por el Consejo Directivo, a propuesta de la
     Asesoría Artística.

- División de Escena:

  *  Ejecutar las escenografías y acondicionamientos lumínicos y
     acústicos necesarios para montar los espectáculos que realice el
     SODRE.

- División Artístico - Administrativa:

  *  Supervisar y coordinar desde el punto de vista administrativo los
     Cuerpos Estables.

- Departamento de Escena:

  *  Ejecutar las escenografías y acondicionamientos lumínicos y 
     acústicos necesarios para montar los espectáculos que realice el 
     organismo.

- Dirección de Radiodifusión Nacional:

  *  Difundir a través de las emisoras radiales oficiales para los
     habitantes del país en todas sus franjas etarias y sociales, las
     manifestaciones culturales más importantes que se produzcan en el
     país y en el mundo, incluyendo las de los Cuerpos Estables del
     Organismos.

  *  Apoyar la tarea educativa que realizan los organismos
     especializados, así como divulgar e informar los acontecimientos
     oficiales más relevantes, tanto nacionales como internacionales.

- División Técnica Radio:

  *  Supervisar los aspectos técnicos y operativos de las Plantas 
     Emisoras y de los equipos de transmisión, para un adecuado 
     funcionamiento y mantenimiento del punto de vista de la tecnología 
     aplicada.

- División Programación:

  *  Elaborar y ejecutar la programación que se ajuste a los cometidos de
     la Dirección.

  *  Mantener debidamente clasificado el material fonográfico.

- Departamento Coordinación:

  *  Elaborar los guiones a ser utilizados en la programación de acuerdo
     a pautas emitidas por la Dirección de Radiodifusión Nacional.

  *  Hacer propuestas relativas al tema, que aporten mayor calidad a las
     mismas.

- Sección Administrativo:

  *  Planificar, coordinar y controlar la gestión administrativa y
     documental de la Dirección de Radiodifusión Nacional, cumpliendo las
     pautas emanadas de la Gerencia General Administrativa.

  *  Regular y controlar el cumplimiento de servicios a cargo de 
     terceros, que se mencionan en el punto 3 del presente Capítulo.

- Dirección de Televisión Nacional:

  *  Difundir a través del Canal 5 y de la Red Nacional de Televisión 
     para los habitantes del país en todas sus franjas etarias y 
     sociales, las manifestaciones culturales más importantes que se 
     produzcan en el país y en el mundo, incluyendo las de los Cuerpos 
     Estables del Organismo.

  *  Divulgar e informar sobre los acontecimientos oficiales más
     relevantes tanto nacionales como internacionales.

 - Gerencia de Canal 5:

   *  Planificar, coordinar, controlar y ejecutar las actividades que se
      realicen en el interior de la República en cumplimiento de sus
      cometidos.

      - División Programación Televisión y Artístico:

        *  Elaborar y ejecutar la programación que se ajuste a los
           cometidos de la Dirección.

        *  Mantener debidamente clasificado el material videográfico.

      - División Técnica Televisión:

        *  Supervisar los aspectos técnicos y operativos de Canal 5 y de
           las repetidoras del Interior, y de los equipos de trasmisión,
           para un adecuado funcionamiento y mantenimiento del punto de
           vista de la tecnología aplicada.

      - Departamento Administrativo:

       *  Planificar, coordinar y controlar la gestión económico -
          financiera y contable del Organismo,

      - Departamento Ventas:

       *  Realizar estudios tendientes a lograr la mejor programación, de
          acuerdo a pautas emanadas del Gerente del Canal 5, del Director
          Nacional de Televisión y del Consejo Directivo.

       *  Realizar una adecuada atención a clientes.

       *  Realizar estudios de marketing, a ser sometidos a consideración
          de la Superioridad.

       *  Realizar estudios en búsqueda de posibles nuevas opciones en
          materia de programación a ofrecer a la teleaudiencia, que serán
          evaluados por la Superioridad.

       - Sub Gerencia del Interior:

         *  Planificar, coordinar y controlar la gestión administrativa y
            financiero - contable y gerenciar los recursos humanos y
            materiales.

     - Gerencia General Administrativa:

       *  Planificar, coordinar y controlar la gestión administrativa, de
          personal y documental.

       *  Regular y controlar el cumplimiento de los servicios a cargos 
          de terceros.

   - División Administración:

      *  Planificar, coordinar y controlar la gestión de personal.

      *  Regular y controlar el cumplimiento de servicios de vigilancia,
         limpieza y certificaciones médicas a cargo de terceros.

     - División Financiero Contable:

       *  Planificar, coordinar y controlar la gestión económica,
          financiera y contable.

     - Departamento Informática:

      *  Asesorar al Consejo Directivo en cuanto a las posibilidades de
         informatización de las diferentes áreas del instituto.

      *  Ejecutar todas las acciones que deriven de las decisiones
         adoptadas por el Consejo Directivo y la Gerencia General
         Administrativa, en materia de informática.
     - Departamento Preservación y Difusión:

      *  Asesorar al Consejo Directivo y a la Gerencia General en lo
         referente a la preservación y difusión del material que custodia
         el organismo; mantener ordenados y en correcto estado de
         conservación, los materiales antes mencionados.

     - Departamento Compras:


      *  Cumplir los pedidos de servicios y materiales, planteados por
         las diferentes reparticiones del instituto, de acuerdo a las 
         normas legales y reglamentarias vigentes.

      *  Mantener el stock adecuado de los elementos de oficina,
         debidamente registrado.

     - Escuela de Arte Lírico:

      *  Preparación de cantantes líricos, ya sea como solistas,
         conprimarios o coreutas profesionales.

 - Escuela Nacional de Danza:

   *  Conocer, conservar, custodiar, preservar, difundir y proyectar el
      patrimonio nacional y cultural manifestado en las Danzas 
      Folclóricas y Tradicionales del pueblo uruguayo.

3. Actividades con ejecución total o parcial a cargo de terceros.

   *  Servicio médico.

      Es realizado en forma total por terceros. Las pautas de 
      contratación y el posterior control de cumplimiento del servicio 
      estará a cargo de la Gerencia General de Administración.

   *  Servicio de limpieza.

      Es realizado en forma total por terceros. Las pautas de 
      contratación y el posterior control de cumplimiento del servicio 
      estará a cargo de la División Administración.

  *  Servicio de Cafetería.

     Es realizado en forma total por terceros. Las pautas de contratación
     y el posterior control de cumplimiento del servicio estará a cargo 
     de la División Administración.

  *  Servicio de Guardería.

     Es realizado en forma total por terceros. Las pautas de contratación
     y el posterior control de cumplimiento del servicio estará a cargo
     de la Gerencia General de Administración.

  *  Servicio de Mensajería.
     Es realizado en forma total por terceros. Las pautas de contratación
     y el posterior control de cumplimiento del servicio estará a cargo
     del División de Administración.

  *  Servicio de Vigilancia.
     Es realizado en forma total por terceros. Las pautas de contratación
     y el posterior control de cumplimiento del servicio estará a cargo
     del División de Administración.

  *  Servicio de mantenimiento de calefacción y de bombas de agua.
     Será realizado en forma total por terceros. Las pautas de
     contratación y el posterior control de cumplimiento del servicio
     estará a cargo del División de Administración.

4. Servicios de apoyo a los sustantivos que permanecen en la Unidad
   Ejecutora.

   Por la especificidad de las funciones que se desarrollan, se considera
   imprescindible mantener los servicios de apoyo que se definieron, por
   estar destinados directamente a viabilizar la gestión
   sustantiva.

CAPITULO IV: Estructura de puestos de trabajo.

Las direcciones de las unidades organizativas serán ocupadas por cargos
presupuestados o funciones contratadas, según corresponda.

Se prevén hasta seis funciones de Alta Especialización para tareas
gerenciales y de asesoramiento técnico, en las áreas: Gerencia de Canal
5, Sub Gerencia Interior, División Técnica de Radio, Gerencia General
Administrativa e Ingeniero de Sistemas.

Las funciones de Alta Especialización a nivel de Asesoría exigen un 
perfil con especialización probada, a través de resultados positivos y concretos alcanzados en el área especifica y una experiencia de desempeño 
en la misma no inferior a tres años.

La funciones de Alta Especialización correspondientes a tareas 
ejecutivas, exigen un perfil que pondere especialmente la capacidad 
gerencial en gestión de radio, televisión, artística y administración.

La reformulación de la estructura organizativa se efectuó a partir de una
estructura de 928 puestos de trabajo.

Los puestos de trabajo ya identificados como excedentarios responden a 
las causales dispuestas por la Ley 16.736 del 5 de enero de 1996, según 
nómina adjunta, totalizando 46. Además disminuyeron en 83 los puestos de 
trabajo correspondientes a cachets y becarios.

Los cargos y funciones contratadas que son declarados excedentarios de
acuerdo al Art. 723 de la ley Nº 16.736 responden a cometidos que no
concuerdan con los de la unidad ejecutora y/o con los perfiles necesarios
a la definición de la nueva estructura de puestos de trabajo.

CAPITULO V: Plan de Implantación

1. Contrataciones con terceros de los servicios cuya ejecución se deriva
   al sector privado.

* Servicio de calefacción y mantenimiento de bombas.

  Primera etapa: hasta 60 días después de cumplido el plazo establecido
  por el art. 730 de la Ley Nº 16.736 - Definición de la opción de
  contratación con terceros más adecuada.

  Segunda etapa: hasta 150 días después del plazo establecido en el art.
  730 citado - Instrumentación de la contratación de acuerdo a la opción
  elegida y puesta en funcionamiento del servicio a cargo de terceros.

Las economías anuales resultantes de la reformulación organizativa que se
aprueba podrán aplicarse al mejoramiento del sistema de retribución al
personal de mayor responsabilidad y especialización, así como a las
funciones de Alta Especialización y Gerencia; a la equiparación salarial
tendiente a corregir las inequidades de remuneración existentes; a
fortalecer la capacidad del Inciso o unidad ejecutora para cumplir con 
sus cometidos sustantivos originados en contrataciones con terceros y
redistribuciones de cometidos y personal; y al pago de premios por
desempeño excelente y muy bueno. Del total de economías anuales se
destinará como mínimo un 5% al pago de premio por desempeño excelente o
muy bueno.

2. Definición de la nueva estructura de puestos de trabajo.

Primera etapa: hasta 60 días después de cumplido el plazo establecido por
el art. 730 de la Ley Nº 16.736 - Análisis de funcionamiento de la nueva
organización y de ajustes que requiera.

Segunda etapa: hasta 150 días después de cumplido el plazo establecido 
por el art. 730 de la Ley Nº 16.736 - Definición de la nueva estructura
de puestos de trabajo especificando la naturaleza del vínculo funcional,
escalafón, grado, denominación, serie y retribución y desarrollo de los
procesos requeridos para la propuesta de designación de sus titulares.

A medida que se vayan concretando los procesos de reformulación
organizativa en los plazos señalados, se adecuarán los puestos de trabajo
para cumplir con los cometidos del SODRE, declarando excedentarios los
restantes.

3. Designación de los titulares de las funciones contratadas (Alta
   Especialización o contratos de función pública).

   Hasta 30 días después de cumplido el plazo establecido por el art. 730
   de la Ley Nº 16.736 - Iniciación de los procesos requeridos para la
   contratación de las Funciones de Alta Especialización, de acuerdo con
   el Decreto Nº 303/996 de 31 de julio de 1996.

Organización para el cumplimiento de Cometidos

 "Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo." 


INCISO 11: Ministerio de Educación y Cultura
UNIDAD EJECUTORA 016- Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y
Espectáculos

   NOMINA DE PUESTOS DE TRABAJO CORRESPONDIENTES A DECLARACIONES
          DE EXCEDENCIA Y A RETIROS INCENTIVADOS (Ley Nº 16.736)

Artículo 723

CANTIDAD   DENOMINACION            ESCALAFON   SERIE          GRADO
   1       Asesor IV                   A       Médico          12
   1       Asesor V                    A       Médico          11
   1       Conserje                    F       Servicio        05
   1       Director Coro de Niños      D       Coro            08

Artículo 724

CANTIDAD   DENOMINACION            ESCALAFON   SERIE          GRADO
  1        Jefe de Sección             C       Administrativo  07
  1        Administrativo I            C       Administrativo  05
  1        Ayudante Pintor Letras      D       Dibujo          02
  1        Auxiliar I                  F       Servicio        04
  1        Auxiliar II                 F       Servicio        03
  1        Sub Director División       D       Programación    12
  1        Jefe Depto. Técnico         D       Planta Emisora  11
  1        Radiofonista de 1a.         D       Locutor         06
  1        Operador VTR                D       Video Tape      04
  1        Ayudante Sastrería          E       Sastrería       03
  1        Modista                     E       Sastrería       02

Artículo 727

CANTIDAD   DENOMINACION            ESCALAFON   SERIE          GRADO
  1        Director                    C       Administrativo  14
  1        Jefe de Departamento        C       Administrativo  10
  1        Administrativo III          C       Administrativo  02
  1        Sub Director                D       Inst. N. Imagen 12
  1        Jefe de Departamento        D       Informativos    11
  1        Jefe de Exteriores          D       Video Tape      09
  1        Sub Jefe Dpto. Técnico      D       Informativos    09
  1        Director Radio-Teatro       D       Radio Teatro    09
  1        Ayud. Copista Musical       D       Radio           08
  1        Redactor Literatura         D       Radio           08
  1        Radiotécnico de 1a.         D       Radio           07
  1        Jefe de Sector              D       Radio           07
  1        Actor de 1a. Categoría      D       Radio Teatro    06

CANTIDAD   DENOMINACION            ESCALAFON   SERIE          GRADO
  1        Actor de 2a. Categoría      D       Radio Teatro    05
  1        Sonidista                   D       Radio Teatro    05
  1        Operador de Cámara          D       Video Tape      04
  1        Sub Jefe Videoteca          D       Transmisiones   04
  1        Técnico II Audio-Video      D       Video Tape      04
  1        Maquinista de 2da.          D       Transmisiones   03
  4        Actor 4a. Categoría         D       Radio Teatro    02
  1        Copista                     D       Radio Teatro    02
  1        Sub Intendente              F       Servicio        06
  1        Conserje                    F       Servicio        05
  2        Auxiliar I                  F       Servicio        04
  3        Auxiliar II                 F       Servicio        03


		
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