Aprobado/a por: Decreto Nº 411/008 de 27/08/2008.
 Artículo 3.- MODIFICANSE el Numeral 3) y siguientes del Parágrafo III) del Decreto 433/07, que quedarán redactados de la siguiente manera:
"3) Método de Evaluación para la Prueba de Educación Física
La prueba física consistirá en una carrera pedestre, según las
especificaciones establecidas en el Anexo que se adjunta y que se
considera formando parte de este Decreto. Las Jefaturas de Policía podrán
realizar una prueba de equitación, de acuerdo con sus necesidades, que se
evaluará como aprobada o no aprobada. El puntaje máximo a obtener será de
10,000 puntos para la prueba establecida. Los postulantes deberán alcanzar
un puntaje mínimo de 1,000 de acuerdo a la respectiva tabla contenida en
el mencionado Anexo. Quienes no logren alcanzar el mínimo exigido serán
eliminados.
4) Los puntajes finales obtenidos por los méritos y en las pruebas
físicas, serán sumados a los efectos de confeccionar la lista de prelación
para el ingreso. A este puntaje se le sumará el obtenido en el Tribunal de
Entrevistas.
5) En caso de igualdad en la calificación final entre dos o más
postulantes se estará al resultado obtenido en la prueba de Educación
Física. Si se mantiene la igualdad se tendrá en cuenta la mejor
escolaridad. Todo esto sin perjuicio de la preferencia dispuesta en el
numeral 2.3) del presente Decreto".

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 433/007 de 13/11/2007 artículo 3 
numeral 3º).
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