EXHORTACION A UTE A INSTRUMENTAR UN PROGRAMA DE BENEFICIOS COMERCIALES PARA EMPRESAS INDUSTRIALES LOCALIZADAS EN TERRITORIO NACIONAL QUE INCREMENTEN EL VOLUMEN FISICO EXPORTADO




Promulgación: 07/05/2018
Publicación: 15/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver vigencia:
      Decreto Nº 465/021 de 30/12/2021 artículo 1,
      Decreto Nº 255/021 de 06/08/2021 artículo 1,
      Decreto Nº 25/021 de 19/01/2021 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Dicho beneficio podrá ser otorgado por un período inicial de hasta cuatro trimestres, el cual podrá ser prorrogado por otro período de igual término siempre que se cumplan las condiciones que establezca el MIEM. Una vez finalizado el primer período del beneficio y el de la prórroga si corresponde, el consumidor industrial deberá presentar ante el MIEM la documentación que sea requerida a los efectos de validar la información presentada.
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