REGULACION DE DISPOSICIONES SOBRE INDEMNIZACION A CAUSAHABIENTES DE FUNCIONARIOS PUBLICOS FALLECIDOS A CONSECUENCIA DE ENFRENTAMIENTOS ARMADOS DE ACCIONES SUBVERSIVAS
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.526 de 01/06/1976.
Artículo 13
Los fondos necesarios para cubrir las erogaciones emergentes de la
indemnización establecida por la ley 14.526 serán vertidos por Rentas
Generales, a través del Ministerio de Economía y Finanzas.