REGULACION DE DISPOSICIONES SOBRE INDEMNIZACION A CAUSAHABIENTES DE FUNCIONARIOS PUBLICOS FALLECIDOS A CONSECUENCIA DE ENFRENTAMIENTOS ARMADOS DE ACCIONES SUBVERSIVAS




Promulgación: 11/01/1977
Publicación: 20/01/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 78
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.526 de 01/06/1976.

Artículo 8

En caso de que los causahabientes opten por la adquisición de una
vivienda, lo que deberá indicarse al presentar la solicitud a que se
refiere el artículo 1º, la escritura definitiva de compraventa será
autorizada por la Escribanía de Gobierno y de Hacienda, la que no
percibirá honorarios por dicha tarea y será la encargada de librar los
correspondientes oficios al Registro General de Inhibiciones.
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