ACUERDOS INTERNACIONALES - COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 04/05/1993
Publicación: 17/05/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 391

Artículo 3

   Los márgenes de preferencia porcentuales otorgados serán de aplicación
sobre el del Impuesto Aduanero Unico a la Importación y los Recargos
Cambiarios vigentes al momento de la importación de conformidad con  las
reglamentaciones internas, y con observancia a lo dispuesto en las Notas
Complementarias, ajustadas de conformidad con lo preceptuado por el
decreto 649/992 de 26 de diciembre de 1992, en cuanto a que los residuales
aplicables no serán inferiores al Recargo Mínimo, el cual ha pasado a la
alícuota del 6%. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
Referencias al artículo
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