Visto: el Impuesto a las Actividades Financieras contenidas en el
Título V
del Texto Ordenado - 1975.
Considerando: que es conveniente, tanto para la Administración como para
los contribuyentes, reunir en un solo cuerpo reglamentario diversas
disposiciones resolviendo asimismo problemas de interpretación que se
habían planteado,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 601/978 de 25/10/1978 artículo 79.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 28/976 de 15/01/1976 artículo 1.