APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO. DIRECCION GENERAL DE CASINOS




Promulgación: 14/10/1998
Publicación: 21/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 713
Referencias a toda la norma
 VISTO: El proyecto de presupuesto operativo y de inversiones de la
Dirección General de Casinos, correspondiente al ejercicio 1997.-

 CONSIDERANDO: I) Que este presupuesto se rige por lo dispuesto en el
artículo 165º de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991.- 

 II) Que la Dirección General de Casinos, esta abocada a un plan de
transformación y mejora de gestión, concomitante con un más eficiente
posicionamiento en un mercado competitivo, como el actual, en materia de
juegos de azar.-

 III) Que en ese sentido se disponen una serie de medidas que tienen por
efecto cumplir acabadamente con dichos fines.-

 IV) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe
favorable a la aprobación del presente presupuesto.-

 V) Que el Tribunal de Cuentas a observado el gasto en mérito a que, a su
entender, se incluyen en el Rubro 7 compensaciones que por su naturaleza
deben abonarse con cargo al Rubro 0.-

 VI) Que las partidas observadas correspondientes a los rubros 7.7.5 -
Prima por asistencia a la Dirección, 7.7.6 - Perfeccionamiento técnico y
7.7.8 - Asistencia Social, de acuerdo con lo establecido por el
Clasificador del Gasto deben ser incluidas en el Rubro 7.-

 VII) Este criterio fue sustentado en los Presupuestos anteriores sin que
hubiera merecido observación alguna de parte del Tribunal de Cuentas.-

 ATENTO: A lo expuesto precedentemente:

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                                DECRETA

Artículo 1

Apruébase el presupuesto operativo y de inversiones de la Dirección
General de Casinos, a regir a partir del 1º de enero de 1997 de acuerdo
con los montos que se detallan a continuación y por ende insístese en el
gasto.-
I- INGRESOS                                               $ 472:055.145,oo
1. Ingresos no tributarios.                               $ 465:000.000,oo
2. Ingresos Ley 13.543 art. 3º                            $   7:055.145,oo

   Son recursos de la Dirección General de Casinos:
   1.- Utilidad bruta de la explotación de los juegos de azar.-
   2.- Venta de entradas a los Casinos y salas de Esparcimiento.-
   3.- Precio de las concesiones de servicios anexos al cometido
       principal.-


II- PRESUPUESTO OPERATIVO.                $ 391:135.572,oo

RUBRO   DENOMINACION                                     $               $

0      RETRIBUCION SERVS. PERSONALES                          $157:400.256
021321 SUELDOS BASICOS CARGOS                   14:055.324
       CONTRATADOS
021323 DEDICACION TOTAL                            759.496
029321 SUELDO ANUAL
       COMPLEMENTARIO                           11:982.685
061301 HORAS EXTRAS                                217.148
061321 PERSONAL CONTRAT.                         4:888.876
       FUNC. PERMANENTES
061322 COMP. POR CAMBIO                          3:148.512
       RESIDENC. HABITUAL
061324 COMP.FUNC. DISTINTAS AL
       CARGO                                     1:031.416
062309 COMP.CON CARGO A OTRAS
       FINANC.                                   104:322.0
062328 PRIMA POR ANTIGUEDAD                      4:734.648
065305 COMPENSACION ALTOS
       EJECUTIVOS                                   16.288
067321 RETRIBUCIONES ADICIONALES                    86.864
077000 QUEBRANTO DE CAJA                         1:625.352
078000 COMP. POR TAREAS FUERA
       HS. HABITUAL
079100 COMP POR TECNIF Y
       FISCALIZACION                              2:701.560
079001 INCREMENTO ADICION. POR
       DIF. MONTEPIO                              1:800.000
079200 COMPENSACION S/ACUERDO
       PROGRAMA                                   3:693.845
081021 ADELANTO A CUENTA                              2.088
083321 AUMENTO ESPECIAL                             868.560
088302 AUMENTO ESPECIAL
       DEC.01/06/993                                380.000
091    RETRIBUCIONES EJERC.
       ANTERIORES                                 1:085.684

1      CARGAS LEGALES S/SERV. PERSONALES                      $ 33:841.055
111    APORTE PATRONAL
       JUBILATORIO                               30.693.051
123    APORTE PATRONAL AL F.N.V.                  1:574.002
131    IMPUESTO A LAS
       RETRIBUCIONES                              1:574.002

2      MATERIALES Y SUMINISTROS                               $ 10:199.335
3      SERVICIOS NO PERSONALES                               $ 106:464.744
4      MAQUINAS, EQUIPOS Y MOB. NUEVOS                           $ 218.733
7      SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS                       $ 79:730.561
734    A GOBIERNOS DEPARTAMENTALES               13:770.680
735    AL GOBIERNO CENTRAL                       20:656.021
751    PRIMA POR MATRIMONIO                          33.428
752    HOGAR CONSTITUIDO                          2:609.828
753    PRIMA POR NACIMIENTO                          55.700
754    PRESTACIONES POR HIJO                        802.108
759    COMPENSACIONES POR ALIMENTACION            8:912.292
773    BECAS                                      3:528.488
774    CONTRIB. POR ASISTENCIA MEDICA               779.816
775    PRIMAS POR TAREAS DE DIRECCION               389.916
776    COMP. POR PERFEC. TECNICO                  4:456.140
778    PRIMA POR ASISTENCIA EDUCACIONAL           3:787.708
779    COMPENSACION POR VESTIMENTA               18:900.356
780    PRIMA FONDO ESPECIAL 3%                      200.516
781    FONDO ESPECIAL COMPENSATORIO                 820.220
790    TRIBUTOS MUNICIPALES Y NACIONALES             27.344

9      ASIGNACIONES GLOBALES                                   $ 3:280.888

III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES               $ 80:919.573

RUBRO DENOMINACION                                                       $
2     MATERIALES SUMINISTROS                                     2:518.387
4     MAQ. EQUIPOS Y MOBILIARIOS NUEVOS                         72:389.724
6     CONST. MEJORAS Y REPAR. EXTRAORD.                          6:011.462

 La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros que se adjuntan, que forman
parte integrante de este Decreto.- (*)

 Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales se expresan a precios promedios enero -
diciembre de 1997.-
 Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización promedio de $ 9,45 (pesos uruguayos nueve
con 45/100) por dólar americano.-
 Las partidas en moneda nacional de los restantes rubros están expresadas
a precios promedio de 1997.- 

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

FERNANDEZ FAINGOLD - LUIS MOSCA
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