APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO. DIRECCION GENERAL DE CASINOS




Promulgación: 14/10/1998
Publicación: 21/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 713
Referencias a toda la norma

Artículo 32

   Los funcionarios públicos que pasen a prestar servicios en comisión a la Dirección General de Casinos, cualquiera sea su retribución de origen, percibirán el beneficio previsto en el Decreto Nº 360/978, de 28 de junio de 1978, sobre la base de un sueldo básico ficto, que será equivalente al sueldo básico de 30 horas semanales, vigente para la clase de cargo del Escalafón al que correspondan las tareas que pase a desarrollar el funcionario, en virtud de la asignación a funciones que efectúe oportunamente la Dirección General. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 799/008 de 29/12/2008 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 284/998 de 14/10/1998 artículo 32.
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