(Exclusiones) Quedan excluidas del derecho a la asistencia integral
gratuita todas aquellas personas que sean beneficiarias de cualquier tipo
de cobertura asistencial integral, pública o privada, respecto de las
prestaciones cubiertas.
Sin perjuicio, el sistema garantizará la cobertura de medicamentos y
estudios a aquellos beneficiarios que justifiquen no poseer medios para
atender dichas prestaciones. (*)