(Funciones) La Comisión Honoraria durará en sus funciones durante el
período de gobierno para el que fue designada, reglamentará su propio
funcionamiento y lo someterá a la Dirección General de Secretaría, para
su aprobación.
Tendrá las siguientes funciones:
a) Velar por el cumplimiento estricto del derecho a la asistencia integral
gratuita establecido en la ley y en el presente reglamento.
b) Velar por el mejoramiento de la salud del funcionario y su núcleo
familiar, proponiendo al Ministerio de Salud Pública las directivas o
normas que estime conveniente.
c) Mantener una estadística actualizada de los casos atendidos,
fundamentalmente en los aspectos asistenciales.
d) Recomendar las medidas que estime pertinente, para el mejor
funcionamiento del sistema.
e) Dictaminar sobre todas las cuestiones relacionadas con la asistencia
integral gratuita que le sean sometidas y proponer normas para la
subsistencia del sistema.