REGLAMENTACION DE LA LEY DE ASISTENCIA INTEGRAL GRATUITA




Promulgación: 03/09/2002
Publicación: 09/09/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 533
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.223 de 26/12/1963.

Artículo 6

  (Asistencia Médica) Las prestaciones sanitarias están constituidas por: 
Acciones de Medicina Preventiva, Curativa y de Rehabilitación y serán 
brindadas por la Administración de los Servicios de Salud del Estado, en 
sus propias dependencias o a través de los servicios contratados a tal 
fin. El Ministerio de Salud Pública podrá convenir con Instituciones de 
Asistencia Médica Colectiva la cobertura de asistencia de los 
beneficiarios del sistema, sin perjuicio de atender por vía separada las 
prestaciones no cubiertas por dichas instituciones. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 10.
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