CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 22 INDUSTRIA DE LA BEBIDA. SUBGRUPO ESTABLECIMIENTOS DE BEBIDAS Y CONCENTRADOS SIN ALCOHOL FABRICAS DE SODA FABRICAS DE CERVEZAS MALTAS DE CEBADA Y ESTABLECIMIENTOS PRODUCTORES DE AGUAS DE MESA MINERALES O NO CON EXCEPCION DEL PERSONAL DE DIRECCION
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 19
Fíjanse con carácter nacional los siguientes salarios mínimos por categorías para los trabajadores comprendidos en el Grupo N° 22, Industria de La Bebida, Subgrupo Fábricas de Licores y Fábricas de Vinagre de Alcohol, con excepción del personal de dirección y técnico, con vigencia desde el 1° de octubre de 1985 al 31 de enero de 1986:
Según evaluación de Tareas aprobada por la Comisión de Productividad, Precios e Ingresos (COPRIN), el día 20 de setiembre de 1972, según resolución Ordinaria N° 319.
Personal Obrero.
Categoría I
Limpiador
Operario común
Salario mínimo de la categoría N$ 634,20 p/día
Categoría II
Operario práctico
Operario sección damajuanas
Salario mínimo de la categoría N$ 675 p/día
Categoría IV
Operario calificado
Pintor de mantenimiento
Lavador de automotores
Salario mínimo de la categoría N$ 758,20 p/día
Categoría V
Ayudante de elaboración
Ayudante de repartidor
Aprontador de pedidos
Operario de degorgement
Salario mínimo de la categoría N$ 785,70 p/día
Categoría VI
Maquinista máquina semiautomática
Maquinista máquina lavadora
Salario mínimo de la categoría N$ 813,50 p/día
Categoría VII
Engrasador de automotores
Salario mínimo de la categoría N$ 842,00 p/día
Categoría VIII
Maquinista máquina automática
Albañil
Chofer de propaganda
Salario mínimo de la categoría N$ 870 p/día
Categoría IX
Repartidor
Chapista pintor de automotores
Pintor de propaganda
Salario mínimo de la categoría N$ 893 p/día
Categoría X
Operario de elaboraciones de bodega B
Operario de mantenimiento B
Electricista
Salario mínimo de la categoría N$ 926 p/día
Categoría XI
Operario de elaboración de licores
Chofer-Ayudante de repartidor
Foguista-Maquinista de máquina lavadora
Foguista-Operario de destilación
Operario de reparación de toneles
Operario de mantenimiento A
Salario mínimo de la categoría N$ 955,30 p/día
Categoría XII
Operario de elaboración de bodega A
Medio Oficial mecánico de automotores
Salario mínimo de la categoría N$ 982 p/día
Categoría XIII
Chofer repartidor
Operario de elaboración de bodega - Sereno
Oficial carpintero
Salario mínimo de la categoría N$ 1.008 p/día
Capítulo XIV
Oficial mecánico industrial
Oficial mecánico de automotores
Salario mínimo de la categoría N$ 1.033,10 p/día
Personal Administrativo.
Categoría I
Telefonista Recepcionista
Salario mínimo de la categoría N$ 15.148,65 mensual
Categoría II
Telefonista auxiliar
Ayudante de encargado de máq. contabilidad.
Ayudante de almacén
Salario mínimo de la categoría N$ 16.153,29 mensual
Categoría III
Auxiliar C
Facturador
Salario mínimo de la categoría N$ 17.443,16 mensual
Categoría IV
Auxiliar de propaganda
Auxiliar de expedición
Auxiliar de taller
Chofer de Gerencia
Salario mínimo de la categoría. N$ 18.761,04 mensual
Categoría V
A) Sereno
Secretario de Ventas
Cargador Facturador
Salario mínimo de la categoría N$ 19.759,79 mensual
B) Vendedor B
Vendedor A
Salario mínimo de la categoría N$ 9.150 mensual
Los vendedores A y B reciben además el 3% (tres por ciento) de comisión sobre las ventas (Laudo del 31 de mayo de 1962).
Categoría VI
Operador de máquina de contabilidad
Auxiliar B
Auxiliar de ventas
Salario mínimo de la categoría N$ 20.788,69 mensual
Categoría VII
Encargado de sección personal
Encargado de máquinas de contabilidad
Ayudante de laboratorio
Auxiliar de almacenes
Auxiliar de sección mecanizada
Perforador Clasificador
Operador de tabuladora
Salario mínimo de la categoría N$ 21.912,56 mensual
Categoría VIII
Auxiliar A
Inspector de ventas B
Encargado de Almacén
Encargado de gestiones administrativas
Cajero Auxiliar
Salario mínimo de la categoría. N$ 23.088,94 mensual
Categoría IX
Ayudante de Tenedor de Libros
Salario mínimo de la categoría. N$ 24.616,31 mensual
Categoría X
Encargado de compras
Encargado de créditos y cobranzas
Cajero Encargado de crédito
Secretario Bilingüe
Salario mínimo de la categoría. N$ 25.674,42 mensual
Categoría XI
Inspector de ventas A
Cajero
Secretario de Gerencia
Salario mínimo de la categoría. N$ 26.981,11 mensual
Categoría XII
Ayudante de Tenedor de Libros
y Gestiones
Tenedor de Libros B
Salario mínimo de la categoría. N$ 28.237,71 mensual
Categoría XIII
Tenedor de Libros A
Salario mínimo de la categoría. N$ 28.996,79 mensual
Categoría XIV
Ayudante de Contador
Salario mínimo de la categoría. N$ 30.604,14 mensual
SUPERVISORES OBREROS
Categoría A I
Supervisor sección lavado de envases
Supervisor sección clasificado y lavado
de envases.
Salario mínimo de la categoría. N$ 24.392,47 mensual
Categoría II
Supervisor de sección depósito
Salario mínimo de la categoría. N$ 25.380,71 mensual
Categoría III
Supervisor sección damajuanas
Supervisor de sección clasificación
de envasado, etiquetado de sidra y champagne.
Supervisor de sección llenado y terminación B
Supervisión de sala de vinagre
Salario mínimo de la categoría. N$ 26.698,52 mensual
Categoría IV
Supervisor de sección carga
Supervisor de elaboración B
Supervisor de sección destilación,
llenado y terminación.
Salario mínimo de la categoría. N$ 28.344,49 mensual
Categoría V
Supervisor sala de champagne
Supervisor de sección
Salario mínimo de la categoría. N$ 29.403,50 mensual
Categoría VI
Supervisor de elaboración A
Salario mínimo de la categoría. N$ 30.453,41 mensual
Categoría VII
Supervisor sección llenado y
terminación A
Salario mínimo de la categoría. N$ 31.671,55 mensual
Categoría VIII
Supervisor sección lavado, llenado,
terminación y carga
2° Capataz General
Supervisor sección lavado, llenado,
terminación y carpintería.
Capataz taller mecánico de autos
Salario mínimo de la categoría. N$ 32.938,62 mensual
Categoría IX
Capataz General
Salario mínimo de la categoría. N$ 34.256,17 mensual (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos:20, 21, 24, 25, 27 y 29.