CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 11 INDUSTRIA TEXTIL. SUBGRUPO PERSONAL ADMINISTRATIVO. PERSONAL DE DIRECCION




Promulgación: 13/08/1985
Publicación: 23/08/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Fíjase el salario mínimo para la categoría Encargado sin máquina del personal de Dirección de la Industria Textil, en N$ 18.600 con vigencia desde el 1º de junio de 1985 y  hasta el 30 de setiembre de 1985. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6.
Referencias al artículo
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