FIJACION DE PRECIOS DE ALCOHOLES Y BEBIDAS. AGOSTO 1986




Promulgación: 07/08/1986
Publicación: 04/11/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: que la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland por Oficio de fecha 10 de julio solicita la aprobación de 
nuevos precios de venta para los alcoholes y bebidas que se mencionan.

   Considerando: los fundamentos que llevaron a dicho Ente a fijar los nuevos precios que se encuentran detallados en el mencionado oficio. 

   Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y lo dispuesto por el inciso f), del artículo 3° de la ley 8.764 del 15 de octubre de 1931, modificado por el decreto-ley 15.312, del 20 de agosto 
de 1982.

   El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Se aprueban los siguientes precios de venta a partir de la hora cero del día 8 de agosto de 1986 para los alcoholes y bebidas que elabora la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, que a continuación se detallan: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.-

TARIGO - JORGE PRESNO HARAN - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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