APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 1993




Promulgación: 01/12/1994
Publicación: 15/12/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 13

   Los funcionarios asignados por la Dirección General de Casinos, a
desempeñar funciones de Gerentes o Encargados de Gerencia, en los
establecimientos dependientes de la misma y, mientras desarrollen tales
funciones, tendrán derecho a percibir una compensación especial de $
640,oo (pesos uruguayos seiscientos cuarenta) mensuales, la que se
reajustará en oportunidad de producirse los aumentos de salarios en el
sector público y en igual índice que estos, estando expresada la citada
partida a precios de enero-diciembre de 1993.
   El otorgamiento de la referida compensación, estará sujeto al
cumplimiento de las siguientes condiciones:
   a) que el desempeño de las referidas funciones se desarrolle por un
término superior a 30 días.
   b) que sean asignados a un establecimiento ubicado en una ciudad
diferente a aquella donde habitualmente residan.
   c) que no ocupe vivienda proporcionada por el Organismo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 14 y 15.
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