Los contratos temporales de derecho público se regirán por la siguiente
Escala Máxima de Retribuciones nominales que se fija por 40 horas
efectivas semanales de labor. A los efectos de la fijación del nivel
retributivo de cada contrato, el organismo proponente deberá tomar en
consideración entre otros elementos, la complejidad, especificidad y los
conocimientos técnicos requeridos para el desempeño de las tareas a
contratar, y adecuarse a la referida Escala Máxima.
ESCALA MÁXIMA DE RETRIBUCIONES
TIPO Y NIVEL Valores enero 2011
PROFESIONAL
Nivel I Dedicación Total. 67.849
Nivel I 57.429
Nivel II 51.384
Nivel III 45.339
Nivel IV 39.293
Nivel V 33.248
Nivel VI 27.203
TÉCNICO ESPECIALIZADO
Nivel I 39.293
Nivel II 36.271
Nivel III 33.248
Nivel IV 30.226
Nivel V 27.203
Nivel VI 24.181
ADMINISTRATIVA
Nivel I 30.226
Nivel II 27.203
Nivel III 24.181
Nivel IV 21.158
Nivel V 18.135
Nivel VI 15.400
OTROS
Nivel I 27.203
Nivel II 24.181
Nivel III 21.158
Nivel IV 18.135
Nivel V 15.400
La escala citada precedentemente se ajustará de acuerdo a los incrementos
salariales que se otorguen a los funcionarios de la Administración
Central, y no se aplicará a los contratos previstos por el artículo 121 de
la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010.