REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 465 Y 466 DE LA LEY 19.924, RELATIVO A LA CREACION DEL PROGRAMA HABITACIONAL "ENTRE TODOS"




Promulgación: 07/02/2022
Publicación: 15/02/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículos 465 y 466.

Artículo 11

   Las viviendas a construirse en el marco del programa "Entre Todos", deberán ubicarse en zonas urbanas y suburbanas. Es posible la construcción de viviendas en terrenos que no sea factible la conexión al saneamiento, siempre que respeten la normativa departamental correspondiente.
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