REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 465 Y 466 DE LA LEY 19.924, RELATIVO A LA CREACION DEL PROGRAMA HABITACIONAL "ENTRE TODOS"




Promulgación: 07/02/2022
Publicación: 15/02/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículos 465 y 466.

Artículo 3

   Los proyectos de inversión en vivienda a presentarse al amparo de este Programa podrán estar vinculados a la construcción, refacción, ampliación, y/o reciclaje de inmuebles, los cuales deberán contemplar:
   a) La satisfacción de las necesidades habitacionales, individuales y familiares de los destinatarios.
   b) El acceso a la vivienda de los sectores socioeconómicos referidos en el artículo 2° del presente Decreto.
   e) La interacción social y física con el entorno donde se desarrollarán.
   d) El uso de materiales sustentables, sin afectar la calidad y eficiencia constructiva.
   e) El uso racional de la energía durante el proceso del proyecto, así como propender a la eficiencia energética de la inversión realizada. 
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