El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículos 465 y 466.
Artículo 3
Los proyectos de inversión en vivienda a presentarse al amparo de este Programa podrán estar vinculados a la construcción, refacción, ampliación, y/o reciclaje de inmuebles, los cuales deberán contemplar:
a) La satisfacción de las necesidades habitacionales, individuales y familiares de los destinatarios.
b) El acceso a la vivienda de los sectores socioeconómicos referidos en el artículo 2° del presente Decreto.
e) La interacción social y física con el entorno donde se desarrollarán.
d) El uso de materiales sustentables, sin afectar la calidad y eficiencia constructiva.
e) El uso racional de la energía durante el proceso del proyecto, así como propender a la eficiencia energética de la inversión realizada.