REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 465 Y 466 DE LA LEY 19.924, RELATIVO A LA CREACION DEL PROGRAMA HABITACIONAL "ENTRE TODOS"




Promulgación: 07/02/2022
Publicación: 15/02/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículos 465 y 466.

Artículo 8

   Una vez que los proyectos de inversión en viviendas del Programa Habitacional "Entre Todos" sean aprobados por la Comisión de Evaluación Técnica y Asesoramiento, los titulares de los mismos podrán:
   a) Solicitar ante el Sistema Nacional de Garantías (SiGa) la participación en el programa de créditos garantizados que se implementará para el Programa Habitacional "Entre Todos", a los efectos de facilitar el acceso al financiamiento de la construcción, refacción, ampliación, y/o reciclaje de las viviendas.
   b) Solicitar ante la Comisión de Evaluación Técnica y Asesoramiento, la participación en un proyecto de inversión conjunto con el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial.
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