CONTRALOR DE AUTORIZACION PARA LA EXPORTACION DE SUBPRODUCTOS RESULTANTES DE LA INDUSTRIALIZACION DE GIRASOL




Promulgación: 09/10/1975
Publicación: 24/10/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1043
                           AÑO DE LA ORIENTALIDAD

Visto: lo dispuesto por el decreto 565/975, de 17 de julio de 1975.

Resultando: que el artículo 4º de dicho decreto encomienda al Ministerio
de Industria y Energía la intervención de las denuncias de exportación de
subproductos de girasol a los efectos del contralor de los cupos
distribuidos de acuerdo con el artículo 3ºdel mismo decreto.

Considerando: que puede evitarse duplicación de controles encomendando al
Banco de la República Oriental del Uruguay llevar cuenta de las
exportaciones realizadas por los beneficiarios de los cupos.

Atento: a lo expuesto y lo informado favorablemente por la Asesoría
Técnica del Ministerio de Industria y Energía,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 565/975 de 17/07/1975 
artículo 4.

Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.

BORDABERRY - ADOLFO CARDOSO GUANI - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - JULIO
EDUARDO AZNAREZ
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