AUTORIZACION A I.N.V.E PARA ENAJENACION DE VIVIENDAS A SUS OCUPANTES. PUEBLO AGUAS CORRIENTES. CANELONES




Promulgación: 13/10/1959
Publicación: 19/10/1959
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1959
  •    Página: 1035

Artículo 1

   Autorízase al Instituto Nacional de Viviendas Económicas a vender a
las personas censadas por ese Instituto en agosto de 1949, ocupantes de
sesenta y una viviendas levantadas en el pueblo Aguas Corrientes, tercera
Sección Judicial del Departamento de Canelones, o a sus causahabientes,
los predios objeto de esa ocupación.
   Una vez extendidas las promesas de venta a las personas mencionadas en
el inciso anterior, podrá I.N.V.E. vender a otros interesados los predios
que queden sin adjudicar, en las condiciones establecidas en la presente
ley, dando preferencia a empleados de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.

ECHEGOYEN - LUIS GIANNATTASIO
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