CREACION DEL CONSEJO DE ECONOMIA NACIONAL




Promulgación: 26/12/2005
Publicación: 02/01/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1627
Reglamentada por: Decreto Nº 299/006 de 29/08/2006.

Artículo 2

   (Integración).- El Consejo estará integrado por cuarenta miembros que
serán representantes de los intereses que se mencionan en el artículo 1º,
designados o electos por las organizaciones más representantivas, de la
siguiente manera:

   A) Catorce de los trabajadores (doce por los activos y dos por los
      pasivos).
   B) Catorce por los empresarios (doce por los industriales,
      comerciales, agropecuarios y de otros servicios, y dos por los
      empresarios pasivos).
   C) Tres por los cooperativistas.
   D) Tres por los profesionales universitarios.
   E) Tres por los usuarios y consumidores.
   F) Tres por las organizaciones no gubernamentales que realizan 
      convenios con el Estado. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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