Reglamentada por: Decreto Nº 330/009 de 13/07/2009.
Artículo 5
(Interés nacional).- Declárase de interés nacional la adquisición de
desfibriladores externos automáticos y de equipos para enseñanza de
resucitación cardíaca y la actividad de formación y entrenamiento en su
técnica de uso.