PARTE SEGUNDA De los beneficios personales del funcionarioDisposiciones comunes a las tres clases de jubilaciones
(*)
(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 12.381 de 12/02/1957 artículo 12. TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 9.940 de 02/07/1940 artículo 38.