Ley N° 9940
JUBILACIONES Y PENSIONES. BENEFICIOS JUBILATORIOS
Promulgación: 02/07/1940
Publicación: 01/08/1940
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1940
- Página: 414
PARTE TERCERA
De los beneficios en favor de los causahabientes
De las pensiones
Artículo 65
(*)
(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 12.381 de 12/02/1957 artículo 19.
Inciso 1º) derogado anteriormente por: Ley Nº 11.948 de 12/06/1953
artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 9.940 de 02/07/1940 artículo 65.
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