INCLUSION DE LOS USUARIOS DESARROLLADORES Y TERCEROS NO USUARIOS ASI COMO CONTRIBUYENTES QUE REALIZAN ACTIVIDADES DE COBRANZA DE CARTERAS MOROSAS A USUARIOS DE ZONAS FRANCAS EN EL REGIMEN DE COMPROBANTES FISCALES ELECTRONICOS




Promulgación: 15/01/2019
Publicación: 16/01/2019
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Actividades de carácter auxiliar. Formalidades.- Los usuarios de
zonas francas autorizados a realizar las actividades de carácter
auxiliar a que refiere el artículo 16 del Decreto N° 309/018 de 27 de
setiembre de 2018, deberán informar a la DGI, en forma previa a la
realización de las mismas, los siguientes datos:

    a) detalle de las actividades auxiliares a realizar en territorio no
       franco;
    b) detalle del personal ocupado afectado a las actividades sustantivas 
       y auxiliares;
    c) período estimado en el cual se realizarán las actividades; 
    d) copia del contrato de usuario y de la autorización conferida por el
       Área de Zonas Francas para la realización de la mencionada 
       actividad.

   En caso que se modifique alguna de las condiciones informadas
precedentemente, los usuarios deberán comunicarlo a la DGI en forma
previa a la realización de las correspondientes actividades. (*) 


(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 11.
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