Aprobado/a por: Resolución Nº 376/018 de 22/08/2018.
   Artículo 7.- La reglamentación que se aprueba, sustituye en su totalidad a la Enmienda 5, Segunda Edición, Noviembre 2014, LAR 65, aprobada por Res. N° 353/2016 de 09 Agosto 2016.

(*)Notas:
Ver Reglamento sustituído: Resolución DINACIA Nº 353/016 de 09/08/2016 
artículo 6.
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