Aprobado/a por: Resolución Nº 452/021 de 27/10/2021.
   Artículo 6.- APRUÉBASE e incorpórase al ordenamiento jurídico interno la ENMIENDA 11, Segunda Edición, Mayo 2021, LAR 121 "Requisitos de Operación: Operaciones Domésticas e Internacionales Regulares y no Regulares", emitido por SRVSOP, el cual se encuentra en el sitio web de esta Dirección Nacional, a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial. (*)

(*)Notas:
Reglamento sustituido por: Resolución DINACIA Nº 511/023 de 11/09/2023 
artículo 7.
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