Aprobado/a por: Resolución Nº 456/017 de 2017.
    Artículo 9.- El referido LAR 129 "Requisitos de Operación: Operaciones Domésticas e Internacionales Regulares y no Regulares", Primera Edición, Enmienda 1, Noviembre 2016, que se aprueba, sustituye en su totalidad al RAU/LAR 129, Primera Edición, Marzo 2013; aprobado por Resolución N° 384-2013 de 24 de octubre de 2013, con la excepción de la instalación de los Desfibriladores Externos Automáticos (D.E.A.), que se mantiene.

(*)Notas:
Ver Reglamento sustituído: Resolución DINACIA Nº 384/013 de 24/10/2013 
artículo 1.
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