Aprobado/a por: Resolución Nº 478/016 de 17/10/2016.
  Artículo 7.- APRUEBASE E INCORPORASE AL ORDENAMIENTO JURÍDICO INTERNO el LAR 121 "Requisitos de Operación: Operaciones Domésticas e Internacionales Regulares y no Regulares", PRIMERA EDICION, Enmienda 6, Octubre 2015, emitido por el Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad Operacional (SRVSOP) el cual se encuentra publicado en el sitio web oficial de esta Dirección Nacional, a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial.

(*)Notas:
Reglamento sustituido por: Resolución DINACIA Nº 456/017 de 2017 artículo 
7.
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