Aprobado/a por: Resolución Nº 511/023 de 11/09/2023.
Artículo 12 A.- La reglamentación que se aprueba por el numeral 12°, sustituye en su totalidad a la ENMIENDA 5, Segunda Edición, Diciembre 2020, LAR 175.
(*)Notas:
Ver Reglamento sustituído: Resolución DINACIA Nº 452/021 de 27/10/2021 artículo 15.Ayuda