La Dirección de Sanidad Vegetal tendrá a su cargo un Servicio de Control
de Calidad, el cual tendrá por objeto determinar si la fruta cítrica de
exportación es de calidad "Extra", "I" o "II" categoría y que se realizará
a todas las partidas de exportación conjuntamente con la inspección final
prevista por los numerales 30 y subsiguientes de esta reglamentación. (*)