APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO CUARTO - DE LAS OBLIGACIONES PRIMERA PARTE - DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL TITULO I - DE LAS CAUSAS EFICIENTES DE LAS OBLIGACIONES CAPITULO I - DE LOS CONTRATOS EN GENERAL SECCION II - DE LOS REQUISITOS ESENCIALES PARA LA VALIDEZ DE LOS CONTRATOS 1º - DEL CONSENTIMIENTO
Artículo 1264
Si el contrato fuese solemne (artículo 1252) sólo se considerará
perfecto después de llenadas las formas especialmente requeridas por la
ley.
Mientras esas formas no hayan sido llenadas, cualquiera de las partes
puede arrepentirse y dejar sin efecto el contrato. (*)