APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO CUARTO - DE LAS OBLIGACIONES PRIMERA PARTE - DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL TITULO III - DE LOS MODOS DE EXTINGUIRSE LAS OBLIGACIONES CAPITULO I - DE LA PAGA EN GENERAL SECCION I - DE LA PAGA
Artículo 1451
El tercero que paga, ignorándolo el deudor, no se entenderá subrogado
por la ley en el lugar y derechos del acreedor ni podrá compeler a éste a
que lo subrogue. (Artículos 1470 y 1526 número 3º). (*)