APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO CUARTO - DE LAS OBLIGACIONES SEGUNDA PARTE - DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS TITULO VIII - DEL MANDATO CAPITULO III - DE LAS OBLIGACIONES DEL MANDANTE
Artículo 2076
El mandante responde por todos los actos del mandatario, siempre que
sea dentro de los términos del mandato. (Artículo 2057, inciso 2º).
No está obligado por lo que se ha hecho excediendo el mandato, sino en
cuanto lo haya ratificado expresa o tácitamente.