APROBADO POR DECRETO LEY N° 15.032




Promulgación: 07/07/1980
Publicación: 18/08/1980
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 15.032 de 07/07/1980.
Ver vigencia: Código del Proceso Penal 2017 de 19/12/2014 artículo 402.

Referencias a toda la norma

LIBRO II - DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO
TITULO VI - DE LOS RECURSOS
CAPITULO II - DEL RECURSO DE APELACION
SECCION I - TRAMITE ANTE EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Artículo 251

   (Procedencia).- El recurso de apelación se otorgará únicamente de las
sentencias definitivas y de las interlocutorias.
   En este último caso, será subsidiario del recurso de reposición. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 305, 306 y 357 (vigencia).
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