LIBRO I - DISPOSICIONES GENERALES TITULO III - DE LOS TRIBUNALES Y DE SU JURISDICCION Y COMPETENCIA CAPITULO IV - DE LA CONEXION PROCESAL Y DE SUS EFECTOS SECCION III - DE LA NO ACUMULACION DE PROCESOS
Artículo 49
(Eficacia inmediata de cada sentencia).- Las sentencias ejecutoriadas,
recaídas en los procesos a que se refiere el artículo anterior, producirán
todos sus efectos, sin perjuicio de la unificación de penas por la
reiteración o eventual aplicación de medidas de seguridad (artículos 54,
92 y siguientes del Código Penal). (*)