Versión oficial publicada el 31.07.1941, aprobada por la Comisión
Revisora designada en el año 1933 y por la
Comisión de Códigos de la Cámara de Representantes .
Aprobado/a por: Ley Nº 10.024 de 14/06/1941.
Los establecimientos y particulares que tengan cámaras frigoríficas no
podrán admitir en ellas aves o animales de aquéllos cuya caza y pesca se
prohiben, mientras subsista tal prohibición.