DIRECTRICES DEPARTAMENTALES Y MICRORREGIONALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Ver:
      Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.056/022 de 16/08/2022,
      Resolución Departamental de Maldonado Nº 08.047/015 de 06/11/2015.
Artículo 33º) Directrices Específicas según la dimensión Socio – Económica.
a) Diversificación de la actividad económica.
Línea de acción: estímulo a la instalación de nuevos emprendimientos productivos, de servicios y de ofertas turísticas no estacionales.
b) Fortalecimiento del tejido social organizado.
Línea de acción: promoción y/o consolidación de organizaciones sociales del área, en particular las comisiones de vecinos de los barrios de Maldonado.
c) Mejoramiento sustancial del hábitat de la población más vulnerable del área.
Línea de acción: fortalecimiento de obras y programas de equipamiento, servicios y espacios públicos en las “áreas de prioridad social”.
d) Fortalecimiento de identidades locales.
Línea de acción: llamado a propuestas con el fin de contribuir a la valorización de las identidades locales.



(*)Notas:
Modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.101/024 de 05/11/2024 artículo 16.
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