Decreto Departamental de Maldonado N° 3867/010
DIRECTRICES DEPARTAMENTALES Y MICRORREGIONALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Ver:
Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.056/022 de 16/08/2022,
Resolución Departamental de Maldonado Nº 08.047/015 de 06/11/2015.
Artículo 34º) Directrices Específicas según la dimensión Ecosistémica.
a) Manejo integrado de los recursos hídricos. Recuperación, conservación y desarrollo sustentable de los recursos hídricos principalmente el frente marítimo, los humedales, el sistema lagunar y el sistema insular.
Líneas de acción:
a1) coordinación de políticas respecto al sistema costero. Recuperación, conservación y desarrollo sustentable de los recursos hídricos principalmente el frente marítimo, los humedales, el sistema lagunar y el sistema insular;
a2) gestión y conservación de las condiciones ambientales de la Laguna del Diario (compartido con Directriz de la Microrregión Punta Ballena);
a3) concreción de figuras de Protección para las áreas de interés ecosistémico, vinculado a la propuesta del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
b) Puesta en valor de la flora y fauna local.
Línea de acción: relevamiento y difusión de capacidades y valores.
(*)Notas:
Modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.101/024 de 05/11/2024 artículo 17.
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