Decreto Departamental de Maldonado N° 3903/012
MODIFICACIÓN DEL DECRETO DEPARTAMENTAL Nº 3718/1997 (TONE)
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
1°) Modificase el Art. 188) del TONE y el cuadro adjunto relacionado N° 12, agregándose al mismo el Literal "h", con la siguiente redacción: "h) FOS SS: en el subsuelo se podrá ocupar un 80% del área total, con pozo absorbente de 2 m3 cada 100 mc de subsuelo y siempre que el área que excede el contorno del edificio esté totalmente enterrada a una profundidad de 60 cm y su cubierta sea enjardinada respetando el FOS verde y la Ordenanza de Forestación".
(*)Notas:
(Agrega literal h) este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.718/997 de 23/12/1997 artículo 188.
2°) Modificase el Literal H) del Art. 210) del TONE, el que queda redactado de la siguiente manera: H) en lo que refiere al FOS SS se fija un 60% de ocupación para el mismo, con un pozo absorbente de 2 m3 cada 100mc de subsuelo y siempre que el área que excede el contorno del edificio esté totalmente enterrada a una profundidad de 60 cm y su cubierta sea enjardinada respetando el FOS verde y la Ordenanza de Forestación"
(*)Notas:
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.718/997 de 23/12/1997 artículo 210 Literal h).
3°) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.-
Daniel Rodríguez Páez
Presidente
Nelly Pietracaprina
Secretaria General
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