PRESUPUESTO QUINQUENAL 2016-2020


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

CAPITULO VIII - Régimen de ajuste salarial

Artículo 68º. Desde la entrada en vigor del presente presupuesto, las retribuciones nominales de naturaleza salarial se ajustarán semestralmente, los primeros de enero y julio de cada año, en función de la variación del Índice de Precios al Consumo que elabora el Instituto Nacional de Estadística, ocurrida en el período entre ajustes.

(*)Notas:
Modificado/a por:
      Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.036/021 de 15/07/2021 artículo 15,
      Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.996/018 de 09/10/2018 artículo 3.
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