Decreto Departamental de Maldonado N° 3996/018
MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EJERCICIOS 2018-2020
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Ver:
Resolución Departamental de Maldonado Nº 10.837/018 de 18/12/2018,
Resolución Departamental de Maldonado Nº 10.684/018 de 12/12/2018.
SECCIÓN II FUNCIONARIOS
Artículo 3º. Sustitúyese el Artículo 68º del Decreto Departamental Nº 3947/2016, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 68º.
A) Las retribuciones nominales de naturaleza salarial se ajustarán semestralmente, los primeros de enero y julio de cada año, en función de la variación del Índice de Precios al Consumo que elabora el Instituto Nacional de Estadística, ocurrida en el período entre ajustes. El último ajuste semestral se realizará el 1º de enero de 2019, por la variación del mencionado índice ocurrida entre el 1º de julio de 2018 y el 31 de diciembre de 2018.
B) A partir del 1º de enero de 2020 las retribuciones nominales de naturaleza salarial se ajustarán anualmente, el primero de enero de cada año, en función de la variación del Índice de Precios al Consumo que elabora el Instituto Nacional de Estadística, ocurrida en el ejercicio inmediatamente anterior. En consecuencia, el primer ajuste anual se realizará el 1º de enero de 2020 en base a la variación de dicho índice registrada entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2019”.
(*)Notas:
Modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.036/021 de 15/07/2021 artículo 15.
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.947/016 de 12/07/2016 artículo 68.
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